"Facturación electrónica" se usa en Honduras para dos cosas distintas, y confundirlas lleva a decisiones caras: comprar un sistema que promete lo que la ley todavía no exige, o quedarse con talonarios cuando ya se puede facturar desde un sistema. Esta guía separa las dos cosas y explica qué debe hacer un negocio hoy.
Lo que existe hoy: facturar desde un sistema con CAI
Desde hace años el SAR permite que un contribuyente registrado como autoimpresor genere e imprima sus propias facturas con un sistema, en lugar de mandar a imprimir talonarios. Esa factura sigue siendo un documento en papel (o en PDF) con CAI, rango autorizado, fecha límite y correlativo; el sistema sólo reemplaza a la imprenta. Es lo que la mayoría de los proveedores llama "facturación electrónica" en su publicidad, y es lo que cualquier negocio puede hacer ahora mismo.
Requisitos: RTN vigente, obligaciones al día, solicitud de autorización de documentos en la Oficina Virtual y un sistema que controle los correlativos. Están detallados en la guía de requisitos para facturar en Honduras.
Lo que viene: la factura electrónica del SAR
La factura electrónica propiamente dicha es otra cosa: un documento que se transmite a la administración tributaria, que lo valida y le asigna una constancia, de forma parecida a como funciona el DTE en El Salvador o la FEL en Guatemala. El SAR ha explicado públicamente que su implementación avanza por etapas: plan piloto, adhesión voluntaria y obligatoriedad, con calendarios que se van publicando por tipo y tamaño de contribuyente.
Mientras su negocio no esté en una etapa obligatoria, el régimen que rige es el del CAI. Lo prudente no es adelantarse a comprar "facturación electrónica" sin saber a qué se refiere el proveedor, sino tener un sistema que hoy cumpla el CAI de manera impecable y que esté construido para transmitir al SAR cuando le toque.
Qué preguntarle a un proveedor
- ¿Controla el correlativo en la base de datos? Si dos cajas pueden sacar el mismo número, el sistema no sirve para el SAR, sea "electrónico" o no.
- ¿Avisa antes de que el CAI se agote o venza? Enterarse el día que la caja se detiene es el peor escenario.
- ¿Separa correctamente 15 %, 18 % y exento? Es la base de la declaración mensual.
- ¿Imprime todos los datos obligatorios? CAI, rango, fecha límite, RTN del emisor, datos del adquirente exonerado, total en letras y la leyenda legal.
- ¿Qué pasa con sus datos si deja el servicio? Debe poder exportar sus ventas, clientes y productos completos. Con los años una factura tiene que poder consultarse.
- ¿Cómo va a incorporar la transmisión al SAR? La respuesta honesta hoy es "cuando el SAR publique la especificación técnica de la etapa que le corresponda"; desconfíe de quien le asegura fechas que la autoridad no ha fijado.
Qué hacemos nosotros
Nuestro sistema de facturación e inventario está construido sobre el régimen del CAI: bloqueo del correlativo al facturar, alertas de agotamiento y vencimiento, cambio de CAI sin detener la caja, tarifas separadas y la declaración mensual lista. La capa fiscal está aislada del resto del sistema precisamente para que la transmisión electrónica se agregue como una etapa más, sin cambiar la operación del negocio ni volver a capturar datos.
Si quiere saber en qué etapa está su negocio y qué le conviene hacer este año, escríbanos: le contestamos con lo que la normativa dice, no con lo que vende mejor.